Excepciones a la penalización por ajuste en declaraciones fiscales

Situaciones en las que no se aplica la penalización por ajuste

Modificación de errores debido a discrepancias de criterio

Ajustes que no cambian la cantidad a pagar
Ajustes al capital
Según el artículo 588 del ET, los ciudadanos tienen la posibilidad de corregir sus declaraciones fiscales dentro de un plazo de 3 años después de la fecha límite para declarar. Si la corrección no altera la cantidad a pagar o el saldo a favor, no será necesario calcular la penalización por corrección. Cuando los contribuyentes, responsables o agentes retenedores ajustan sus declaraciones fiscales, deben calcular y abonar una penalización por corrección. El artículo 644 del ET detalla cómo calcular y abonar la penalización por corrección: Nota: si la declaración original se presentó con retraso, los montos mencionados anteriormente se incrementarán en un 5% por mes o fracción de mes, por el tiempo transcurrido entre la presentación original y la fecha límite para declarar; es decir, las tasas a aplicar serían del 15% y 25%, respectivamente. Sin embargo, la penalización no puede superar el 100% del mayor monto a pagar o el menor saldo a favor. Para calcular correctamente la penalización por corrección de una declaración fiscal, es fundamental verificar si es voluntaria, qué tasas deben aplicarse y qué beneficios se pueden considerar. En esta guía en Excel aprenderás paso a paso cómo calcular la penalización por corrección. Accede a ella con tu Suscripción Actualícese. Calculadora de penalización por corrección presentada por el contribuyente Situaciones en las que no se aplica la penalización por ajuste Por otro lado, de acuerdo con el artículo 588 del ET, modificado por el artículo 107 de la Ley 2010 de 2019, los ciudadanos tienen la oportunidad de corregir sus declaraciones fiscales dentro de los tres (3) años siguientes al vencimiento del plazo para declarar, y antes de que la Dian les haya notificado un requerimiento especial o un pliego de cargos relacionado con la declaración que se corrige. Aunque el artículo 644 del ET establezca que al corregir sus declaraciones fiscales los contribuyentes deben calcular y abonar la respectiva penalización por corrección respecto al ajuste realizado, existen situaciones especiales en las que no será necesario calcular esta penalización. Veamos: Modificación de errores debido a discrepancias de criterio Cuando al realizar la corrección a la declaración se genere un mayor monto a pagar o un menor saldo a favor, siempre que se trate de una corrección de un error originado por discrepancias de criterio o de apreciación entre la Dian y el declarante sobre la interpretación del derecho aplicable, no se aplicará la penalización por corrección. ASIMISMO LEE: Personas naturales residentes ante la deducción por intereses en crédito de vivienda Lo anterior, bajo la condición de que los hechos consignados en la declaración objeto de corrección sean completos y verídicos, para lo cual el contribuyente deberá presentar la respectiva declaración y explicar las razones en las que se fundamenta. Ajustes que no cambian la cantidad a pagar Cuando al corregir una declaración fiscal no se altere la cantidad a pagar o el saldo a favor, no será necesario calcular la penalización por corrección. Ajustes al capital Si se desea corregir una declaración de renta para modificar el capital declarado e incluir algún bien omitido, se debe tener en cuenta que dicho ajuste solo modificará el valor de los capitales bruto y neto. Por lo tanto, si el capital declarado queda debidamente justificado con la nueva declaración presentada y, además, no se modifica el impuesto a pagar ni el saldo a favor, no será necesario calcular la penalización por corrección. Para obtener más información sobre las sanciones relacionadas con la declaración de renta de personas naturales AG 2022, no dudes en consultar nuestra Guía Práctica Paso a paso para la elaboración de la declaración de renta de personas naturales AG 2022. Allí podrás estudiar todos los temas necesarios para cumplir con esta obligación. ¡Pero eso no es todo! Catálogo Todas las Guías Prácticas de Actualícese son beneficios exclusivos de las suscripciones Oro y Platino. Recuerda iniciar sesión para descargar el documento digital. Si no eres suscriptor, te invitamos a adquirir alguna de nuestras suscripciones haciendo clic aquí.