Protección laboral para personas con discapacidad física: ¿Qué hacer si se niega la oportunidad de trabajo?

¿Qué sucede si la incapacidad es incompatible e insuperable con la discapacidad? ¿Qué opciones tiene el empleado si no se le ofrece el puesto de trabajo? ¿Puede una empresa rechazar a una persona con discapacidad física que cumple con los requisitos mínimos para el puesto, aunque esto no afecte su desempeño laboral? Si la persona decide demandar, ¿está obligado el empleador a contratarla? A continuación, encontrarás la respuesta.

Las personas con discapacidad física generalmente cuentan con una protección laboral reforzada debido a su condición vulnerable, lo que implica un estado de protección del empleado frente al empleador. A pesar de proteger al trabajador de despidos injustificados, esta estabilidad no es indefinida, ya que se requiere la aprobación del inspector de Trabajo. Pero, ¿qué sucede con los trabajadores que recién comienzan y tienen una discapacidad previa? ¿Reciben alguna protección especial?

La Dra. Angie Marcela Vargas

, experta en Derecho Laboral y de Seguridad Social, aclara las dudas sobre la contratación de personas con discapacidad física. Para comprender mejor el marco legal, es importante tener en cuenta lo establecido en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997, conocida como Ley Clopatosfki, que prohíbe que la discapacidad física sea un obstáculo para la contratación, a menos que sea incompatible con el puesto.

En caso de que la incapacidad sea incompatible e insuperable con la discapacidad, el empleador deberá demostrarlo. Si es posible adaptar las funciones del puesto al trabajador con discapacidad, el empleador no debería negarle la oportunidad de trabajar.

Si un trabajador con discapacidad es rechazado para un empleo a pesar de cumplir con los requisitos, puede recurrir a una acción de tutela ante las autoridades judiciales para proteger sus derechos fundamentales. La tutela es un recurso legal para exigir protección de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de Colombia y debe resolverse en un plazo máximo de 10 días.