Protección al consumidor: Responsabilidad de garantía y cláusulas abusivas

Responsabilidad de garantía

¿Qué sucede cuando se brindan servicios?

Cláusulas abusivas

Las cláusulas que prohíben la devolución o intercambio de un producto se consideran cláusulas abusivas. Por lo tanto, la cláusula «no se aceptan devoluciones» es abusiva e ineficaz según lo establecido en la Ley 1480 de 2011. ¡Descubre aquí la definición legal de las cláusulas abusivas!
El derecho del consumidor es una rama del derecho comercial que busca proteger las relaciones de consumo entre los fabricantes o proveedores de bienes y servicios y los consumidores finales. Esta protección especial, al igual que en el derecho laboral, se debe a la desigualdad entre las partes: mientras que el fabricante o proveedor tiene toda la información sobre el bien, el consumidor no conoce completamente sus características. Por lo tanto, en todas las relaciones de consumo, es necesario respetar las reglas establecidas en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011). En las siguientes secciones, se analizará el tema de las cláusulas abusivas en el derecho del consumo en relación con la responsabilidad de garantía.

Responsabilidad de garantía

De acuerdo con los artículos 5, 7, 8, 10, 11 y 18 de la Ley 1480 de 2011, los fabricantes y proveedores deben ser responsables ante los consumidores por la calidad, idoneidad, seguridad y estado óptimo de los productos que se comercializan. Asimismo, el artículo 2.2.2.32.6.1 del Decreto Único Reglamentario del sector comercio, industria y turismo establece que tanto los fabricantes como los proveedores son responsables de cumplir con las solicitudes de garantía. La garantía implica la posibilidad real de disfrutar de un bien o servicio y satisfacer las necesidades que se tenían al adquirirlo. Por lo tanto, la efectividad de la garantía no solo se refiere a la calidad del producto o servicio, sino también al cumplimiento de los términos y condiciones del contrato. En este contexto, la falta de entrega o prestación, o incluso la demora, constituyen una violación a los intereses legítimos de los consumidores. Por lo tanto, en el marco de la responsabilidad de garantía, los consumidores tienen derecho a obtener la reparación gratuita del producto en caso de falla. En caso de reincidencia, el consumidor puede elegir entre una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado, o el cambio por otro producto similar.
¿Qué sucede en caso de la prestación de servicios?
En situaciones de incumplimiento por parte del proveedor en la prestación de servicios, el consumidor tiene derecho a exigir que se cumplan las condiciones acordadas inicialmente o a solicitar la devolución del pago. Por lo tanto, la responsabilidad de garantía implica una relación de consumo en la cual el consumidor adquiere un bien o servicio de un fabricante o proveedor. En este contexto, el bien debe presentar defectos o fallas de calidad, idoneidad o seguridad durante el periodo de garantía para que surja la obligación de respuesta por parte del fabricante o proveedor.

Cláusulas abusivas

Las cláusulas abusivas son aquellas que crean un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor y que afectan la forma en que este puede ejercer sus derechos. Según el artículo 42 de la Ley 1480 de 2011, los fabricantes y proveedores no pueden incluir cláusulas abusivas en los contratos con los consumidores, y en caso de hacerlo, serán consideradas ineficaces de pleno derecho. La Corte Suprema de Justicia ha establecido que se considera abusiva una cláusula que no ha sido negociada individualmente, que viola la buena fe en las negociaciones, y que genera un desequilibrio relevante en los derechos y obligaciones de las partes. Por lo tanto, la cláusula «no se aceptan devoluciones» es abusiva e ineficaz según lo establecido en la Ley 1480 de 2011, ya que limita la forma en que el consumidor puede solicitar la efectividad de la garantía al impedir el cambio de producto dentro del marco legal de la garantía. Además, expresiones como «no se aceptan cambios» deben considerarse nulas e ineficaces, ya que generan un desequilibrio normativo injustificado para el consumidor.