Plazos y obligaciones para individuos naturales en el registro único de beneficiarios finales –RUB–

Individuos naturales en el registro único de beneficiarios finales –RUB–

Fechas límite para registrarse en el sistema de identificación de entidades sin personalidad jurídica

Presta atención porque…
El registro único de beneficiarios finales –RUB– es el sistema a través del cual las entidades legales y las entidades sin personalidad jurídica o similares deben proporcionar los detalles de sus beneficiarios finales.
Ten presente los plazos que se detallan a continuación.
Todas las entidades legales y las entidades sin personalidad jurídica tienen la obligación de completar el registro único de beneficiarios finales –RUB–, de acuerdo con lo establecido en los artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario -ET-, modificados por los artículos 16 y 17 de la Ley 2155 de 2021 y las Resoluciones 000164 de 2021, 000037 y 001240 de 2022 emitidas por la Dian.
Es importante recordar que la Dian ha ampliado los plazos para proporcionar la información en el RUB a través de la Resolución 001240 del 28 de septiembre de 2022, en la que se han modificado los artículos 10, 13 y el anexo técnico I de la Resolución 000164 de 2021:
Para las entidades legales, entidades sin personalidad jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas antes del 31 de mayo de 2023, el plazo se ha extendido hasta el 31 de julio de 2023.
En el caso de las entidades legales, entidades sin personalidad jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas a partir del 1 de junio de 2023, deberán presentar la información a más tardar dentro de los 2 meses siguientes a: (i) la inscripción en el RUT, (ii) la inscripción en el sistema de identificación de entidades sin personalidad jurídica –SIESPJ– o (iii) al momento en que estén obligadas de acuerdo con el artículo 4 de la Resolución 000164 de 2021.

Individuos naturales en el registro único de beneficiarios finales –RUB–

Daniel Diosa, gerente en el departamento de impuestos y legal en OCH Group, explica que aquellos obligados a proporcionar información en el RUB deben determinar si tienen individuos naturales que, actuando solos o en conjunto, posean directa o indirectamente el 5 % o más del capital o de los derechos de voto de la entidad legal, y/o se beneficien con el 5 % o más de los activos, rendimientos o utilidades de la entidad legal. Además, deben identificar si ejercen control sobre la entidad legal de formas distintas a la titularidad o beneficio.
En caso de que ningún individuo natural cumpla con los requisitos, se deberá informar como beneficiario final al individuo natural que ocupe el cargo de representante legal, o a quien tenga una mayor autoridad en relación con las funciones de gestión o dirección de la entidad legal, según lo establecido en el numeral 3 del artículo 631-5 del ET y el artículo 6 de la Resolución 000164 de 2021 de la Dian.
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Fechas límite para registrarse en el sistema de identificación de entidades sin personalidad jurídica

En cuanto a los plazos para inscribirse en el sistema de identificación de entidades sin personalidad jurídica –SIESPJ–, la Dian indica lo siguiente:

  • Las entidades sin personalidad jurídica o similares creadas antes del 31 de mayo de 2023, que no estén obligadas a inscribirse en el RUT, deberán registrarse en el SIESPJ antes del 31 de julio de 2023.
  • Las entidades sin personalidad jurídica o similares creadas a partir del 1 de junio de 2023 deberán inscribirse en el SIESPJ a más tardar dentro del mes siguiente a su creación.

Presta atención porque…
La obligación de proporcionar la información de los beneficiarios finales ha estado en vigor desde el 15 de enero de 2022, por lo tanto, las organizaciones que se liquiden o finalicen sus operaciones deberán presentar la información en el RUB antes de solicitar la cancelación de la inscripción en el RUT.
Durante los nuevos plazos establecidos, los responsables deberán continuar informando sobre los beneficiarios finales en el RUB.