Introducción al formulario 120
¿Qué datos se requieren?
Informe “País por país” – Notificación
Mediante la Resolución 000034 del 22 de mayo de 2019, la Dian estableció el proceso para presentar la declaración informativa de precios de transferencia y la notificación del informe “País por país” correspondiente al año gravable 2018 o parte del año gravable 2019. Después de la publicación de un proyecto de decreto el 22 de abril de 2019, la Dian emitió finalmente la Resolución 000034 el 22 de mayo del mismo año. Esta resolución establece el procedimiento para presentar la declaración informativa de precios de transferencia, conocida como formulario 120, y la notificación del informe “País por país” correspondiente al año gravable 2018 o parte del año gravable 2019, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1.2.2.2.3.3 a 1.2.2.2.3.4 del Decreto 1625 de 2016.
Es importante recordar que la declaración informativa debe presentarse entre el 9 y el 22 de julio de 2019, según el último dígito del NIT registrado en el RUT.
Recordemos que deben presentar esta declaración las personas naturales y jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, sujetas al régimen de precios de transferencia, que hayan realizado operaciones con personas, sociedades, entidades o empresas en jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición, o con regímenes tributarios preferenciales. La declaración informativa debe presentarse entre el 9 y el 22 de julio de 2019, según el último dígito del NIT registrado en el RUT. Los plazos para la presentación del informe “País por país” serán entre el 10 y el 23 de diciembre del mismo año.
A continuación, se presentan los puntos clave a considerar al presentar la declaración informativa de precios de transferencia.
Formulario 120
De acuerdo con el artículo 260-9 del Estatuto Tributario, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario obligados a presentar la declaración informativa de precios de transferencia, formulario 120, deben cumplir con los siguientes puntos:
- Ingresar la información de la hoja 2 del formulario en el prevalidador del formato 1125 v.13, de forma virtual, a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dian. Luego de esto, verificar el resultado del proceso de presentación.
- Si el proceso anterior es exitoso, el declarante debe completar, firmar y presentar virtualmente la hoja principal de la declaración informativa, utilizando su firma electrónica.
- Los servicios informáticos electrónicos de la Dian permitirán la generación del recibo oficial de pago, formulario 490, para cancelar sanciones, si corresponde, ante las autoridades recaudadoras.
¿Qué datos se deben proporcionar?
De acuerdo con la Resolución 000004 del 15 de enero de 2019, que prescribe el formulario 120 para el año gravable 2018 o parte del año gravable 2019, la información a proporcionar en la hoja 2 del formulario, que debe presentarse en el formato 1125 v.13, incluye:
- Tipo de documento.
- Número de identificación fiscal.
- Apellidos y nombres.
- Razón social.
- Tipo de operación.
- Detalles de la operación.
- Monto de la operación.
- Costos o deducciones en renta.
- Método utilizado.
- Indicadores de rentabilidad.
- Valores comparativos.
- Tipo de ajuste.
- Parte analizada.
- Reestructuración.
- Acuerdos de costos compartidos.
Informe “País por país” – Notificación
Según el artículo 1.2.2.2.3.4 del Decreto 1625 de 2016, las entidades de un grupo multinacional residente en Colombia deben notificar a la Dian si son la entidad matriz, controlante o sustitutiva. En caso contrario, deben informar la identidad y residencia fiscal de la entidad informante a la administración tributaria. Las sociedades obligadas a presentar la declaración informativa de precios de transferencia deben cumplir con la notificación del informe “País por país”, completando las casillas 39 a 45 del formulario 120.
Las sociedades que no están obligadas a presentar la declaración informativa de precios de transferencia deben cumplir con la notificación del informe “País por país”.
Es importante destacar que las sociedades que no están obligadas a presentar la declaración informativa de precios de transferencia deben notificar el informe “País por país”, utilizando el formato especial disponible en el portal web de la Dian. Este formato completado debe enviarse por correo electrónico a preciostransferencia@dian.gov.co, con el asunto “Notificación – informe País por país”, entre el 9 y el 22 de julio de 2019.